Seguros de Responsabilidad Civil Profesional
Este tipo de seguro solamente es obligatorio para los profesionales clínicos y sanitarios, sin embargo, los riesgos de cualquier profesional en el ejercicio por cuenta propia (autónomo) o ajena (contrato laboral) van siendo mayores año tras año.
El riesgo viene de clientes (particulares o entidades) insatisfechos, que acuden a un abogado para que inicie una reclamación por “daños y perjuicios”. A partir de ese momento, el profesional necesita una defensa jurídica que puede tener efectos económicos elevados (comenzando por los gastos de su propio letrado).
Los Colegios Profesionales disponen de un SRC pero debe tenerse en cuenta que el tomador del seguro (es decir el asegurado) es el propio Colegio y que los colegiados suscriben esa póliza NO COMO TOMADORES DEL SEGURO, lo cual implica numerosos riesgos, que dependen del Condicionado de la Póliza que nunca se entrega a los colegiados (?¿?)
Estamos haciendo gestiones para conseguir un SRCP de las mejores características y coste posible.
Ley Orgánica de Protección de Datos
Es obligatorio cumplir con este requisito legal.
Quienes trabajan de manera individual lo pueden hacer de manera más sencilla y económica.
Quienes trabajan como empresa lo tienen un poco más complicado y más caro.
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